La
praxis general en las cooperativas son el inicio de una voluntad sustentada en
el soporte de cultura electoral, pues en ellas no es una novedad saber que cada
ejercicio deben asumir su autogestión democrática a través de las elecciones
generales y finalmente con la justa relacionada a la elección de los nuevos
miembros para sus Consejos y Comités.
Estas
organizaciones democráticas, en su estructura orgánica asociativa y según la Ley
General de Cooperativas – Decreto Supremo 074/90-TR- definen el nombramiento y
creación de comités de apoyo para determinadas funciones específicas. Cada
estatuto está adecuado a Ley por tanto se establece la creación de un Comité
Electoral representado por sus directivos, quienes después de
elegidos en Asamblea Ordinaria, tienen el deber de elegir sus cargos de
manera interna.
El
Comité Electoral debe ser autónomo en la toma de sus decisiones y quienes
asumen la dirección de su funcionamiento deben asumir sus tareas guiados por el
estatuto cooperativo y su reglamento de elecciones. Es importante entonces,
poner hincapié a sus miembros directivos el deber que tiene cada uno de ellos
para conocer en interpretar sus mandatos
de manera adecuada y luego realizar acciones de su competencia de manera
correcta. Muchas veces se suele mal interpretar a sus integrantes, imaginando
que su nombramiento es meramente circunstancial, no se dice entonces la valía
que tiene, entonces debemos saber que por este Comité pasan aquellos que podrán
tomar las riendas de la COOPAC en el cumplimiento del mandato como Consejero de
Consejos de Administración, Vigilancia o Comités especializados, es decir es el
“principal filtro de compromiso”, máxime si se entiende muchas veces que “autonomía”
significa hacer lo que se viene en gana a sus integrantes… craso
error!!!!!!!!......NOOOOO SEÑORES…!!!! La autonomía implica una interpretación legal
a la medida y bajo los preceptos legales, es decir hacer que se cumplan las
normas y leyes del sector y por tanto los Estatutos como Ley propia de la misma
cooperativa.
Siguiendo
esta línea de acción es muy importante establecer niveles de coordinación con
el Comité de Educación para adecuar en las escuelas de capacitación de
delegados, los temas: deberes, funciones
y responsabilidades de delegados y directivos. Escuelas que actualmente se
realizan pero que deben ajustarse en cuanto a su metodología al ser dictadas,
haciendo un análisis previo del grupo de delegados a capacitar, estableciendo los
ciclos por grupos de delegados, buscando siempre que el aprendizaje sea el más
completo posible según las características y pauteando la metodología adecuada
a cada grupo que se va a capacitar, con manejo diferenciado para lograr equipos
de innovación y cultura renovada de liderazgo comprobado, incluyendo a jóvenes y
damas que permitan una nueva estructura de formación del liderazgo cooperativo
real, como verán aquí también existe un nuevo filtro pocas veces aplicado con
efectividad y contundencia, salvo raras excepciones.
Es probable usar mayor presupuesto para estas
escuelas, pero se convertirá en compensatorio cuando obtengamos una asamblea de
delegados mucho más analítica con capacidades de crítica y de autocrítica, de
oposición y de propuestas, que finalmente contribuirá a lograr nuevos moldes de
conceptos cooperativos en globalización y aplicaciones innovadoras.
Solo
así tendremos la tranquilidad conjunta de garantizar el ejercicio permanente
del segundo principio Cooperativo: “Control
Democrático”, tarea conjunta de
todos y cada uno de los integrantes de cualquier COOPAC, pero entendida en el
apoyo desde la convocatoria de elecciones que es DEBER del Consejo de Administración, respaldada por la
elaboración de una propuesta de cronograma electoral diseñada por el Comité Electoral en
los tiempos previsibles y convenientes y que cumplan con sus estatutos
vigentes.
Si
estos lineamientos son cumplidos a cabalidad, podrá subrayarse los hechos en la
labor cumplida y para la cual se eligió un verdadero Comité Electoral, caso
contrario la única perjudicada es la COOPAC y por su puesto el mismo sistema
cooperativo del país.
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